jueves, 30 de agosto de 2012

POLONIA PÉREZ TEJERA ¿UNA MUJER DEL SIGLO XVI?

Dr. JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ MARRERO 
Universidad de La Laguna
Como bien ha señalado la doctora Viña Brito, la mayor parte de los trabajos que estudian aspectos que tienen que ver con la mujer en las Islas Canarias en el siglo XVI se interesan por el papel que les ha tocado vivir en la sociedad[1]. Parece claro que ambos elementos mantienen una línea de estudio recíproca, puesto que un examen de la sociedad conlleva el análisis de la mujer y al contrario, un retrato de la mujer obliga a observar la sociedad en su conjunto.
La información relativa a mujeres es muy escasa en la documentación de la que podemos disponer. Y es necesario acudir a fuentes objetivas para descubrir, en cierto modo, qué tarea podía desempeñar una mujer en el ámbito público y privado. En nuestro caso, hemos acudido a los protocolos notariales, que pasan por ser la documentación más exacta que expresa la realidad pública de mujeres y hombres por igual, puesto que con ellos accedemos a escrituras de compraventa, dotes, testamentos, etc., pero también son un análisis profundo de la historia económica del lugar. Para los años que estudiamos, en Güímar estuvo Sancho de Urtarte como escribano a cargo del oficio de la localidad entre los años 1573 y 1583[2].

La población del Valle de Güímar, escasa en la primera parte de la centuria del XVI, recibió en la segunda trabajadores portugueses especializados en la producción azucarera. Este lugar acoge a dos mujeres muy destacadas para la época:
Una de ellas, Argenta de Franquis, fue significativa porque manejaba dinero y propiedades[3]. Casó con Pedro de Alarcón, propietario del ingenio azucarero de Güímar, y, tras enviudar, heredó esta instalación y se hizo cargo de su explotación con asombrosa habilidad, acrecentándose bajo su dirección y pasando como gran patrimonio a los grandes terratenientes que la poseerán en siglos posteriores.
La otra, Polonia Pérez, es de esas mujeres que se ha tragado la historia y que pocas veces hemos ejemplificado con el valor que en aquellos siglos sólo se presumía propio de hombres. De ella y de su familia nos vamos a ocupar en las siguientes líneas. Tomando como base un documento otorgado el miércoles 7 de mayo de 1573, tenemos la fecha aproximada del nacimiento de Polonia Pérez Tejera: 1548, puesto que en ese momento reconoce tener 25 años. En este mismo escrito dice que es moradora en el Valle de Güímar, en Tenerife,…que es hija de Juan Pérez y de Violante Texera[4].
Foto antigua del valle de Güimar. Fondo Municipal
El matrimonio formado por los portugueses Juan Pérez y Violante Tejera se avecindó, por tanto, después de la mitad de la centuria en la localidad güimarera, aunque no sabemos si lo hizo trabajando en el ingenio de azúcar. Dejó amplia descendencia a través del apellido Tejera. Fueron padres de al menos tres hijos: Luis Pérez Tejera[5], Polonia Pérez Tejera y un tercero, cuyo hijo fue Gaspar Hernández como podemos comprobar en los protocolos de S. de Urtarte:
En 22 agosto de 1574, Luis Pérez, morador en el valle y heredamiento de Güímar, dice que tiene un sobrino llamado Gaspar Hernández, presente, de unos 15 años, el cual asienta con Antón Díaz, zapa­tero, vecino, morador en el pueblo de Ntra. Sra. de Candelaria, presente, por aprendiz para que le enseñe el dicho oficio de zapatero[6].

Dado que Gaspar Hernández está a cargo de su tío Luis Pérez Tejera, hemos de pensar que el tercer hijo de Juan Pérez y Violante Tejera no viajó a Tenerife o en este momento ya había fallecido.
Volviendo a la vida de Polonia Pérez y si, como dice A. Viña Brito, la mujer de esta época es conocida por sus lazos de parentesco[7], hemos de considerarla una mujer de carácter puesto que contrajo matrimonio muy joven, con unos diecisiete años y sin el consentimiento paterno. Probablemente, Polonia Pérez Tejera no se casó porque la atadura familiar imprimiera una mayor fuerza sobre la mujer, sino porque en 1565 era una adolescente enamorada. Sin embargo, los problemas en su matrimonio surgieron muy pronto cuando descubre que su marido, Juan González, había casado anteriormente. Ese mismo año debieron iniciarse los primeros trámites:
Viernes, 29 de noviembre de 1577. San Juan de Güímar.
Polonia Pérez Tejera, moradora en el valle y heredamiento de San Juan de Güímar, vecina, dice que es hija de Juan Pérez y Violante Tejera, vecinos, y es así que hace unos 12 años que se casó clandestinamente con Juan González, portugués, en esta isla de Tenerife, hijo de Sebastián González de la feligresía de San Martín del Campo, que es en el Arzobispado de Braga, en el reino de Portugal y cuando se casó con Juan González creyó de buena fe que él era soltero y después pareció que era casado con Cecilia Rodríguez, de la feligresía de Loredo, en dicho Arzobispado y porque ésta pareció ante la justicia eclesiástica del Arzobispado de Braga en 22 de noviembre de 1555[8] y el vicario general de dicho Arzobispado hizo parecer ante sí personalmente a Cecilia y le preguntó lo que con Juan González pasó, y sobre ello fulminó proceso y pronunció sentencia definitiva por la cual declaró ser casado Juan y Cecilia y les mandó que hicieran vida maridable como Dios manda.
La sentencia fue publicada en 7 de enero de 1572, según autos que acerca de ello pasó en 9 de septiembre de 1577, por la cual el matrimonio clandestino es nulo y sin ningún valor…[9].

Después de que esta sentencia tuviera efecto comenzaron las tribulaciones y las adversidades para Polonia Pérez:                
Después de lo cual Juan González pareció ante el bachiller Montesdeoca, vicario que a la sazón era en esta isla y pidió que Polonia le fuera entregada como su mujer y dio sobre ello mandamiento y los padres de Polonia la entregaron en cumplimiento del mandamiento como su mujer y con él hizo vida maridable 5 meses sin que se casaran por la Iglesia, el padre de Polonia, Juan Pérez, le dijo a Juan González que fuera a su tierra y trajese información como no era casado[10].

Ante esto, Polonia no sólo siente que su honor ha sido mancillado, sino que la ley la ampara y se acoge a lo que tiene acceso en 1573:
…da poder especial a su hermano Luis Pérez, que está presente y a Juan de Barbosa, ausente, para que en su nombre puedan parecer ante la justicia del señorío y reino de Portugal y solicitar que se declare por un juez competente que cuando ella se casó su marido ya estaba casado con Cecilia González y no hubo efecto el dicho matrimonio. También que pidan y se declare que ella se puede casar como persona que no está sujeta a matrimonio[11].

Se abre, de este modo, un segundo proceso mucho más costoso que el anterior desde un punto de vista económico, en el que, por lo general, la mujer no puede asumir los gastos y acaba renunciando para quedar marcada ante la sociedad. La que se atrevía a seguir acudía a sus vecinos o a sus padres para que la ayudaran a sufragar las costas del juicio[12]. La documentación aporta datos insuficientes como para explicar la situación financiera en que quedó Polonia Pérez o determinar su estabilidad emocional durante los años que duró el pleito por la nulidad matrimonial. Sin embargo, de lo poco que sabemos su estado civil no condicionaba su actividad, puesto que se dedicó a la producción ganadera en Candelaria:
Jueves, 30 de junio de 1575. Candelaria.
Polonia Pérez, hija de Juan Pérez, moradora en el pueblo de Ntra. Sra. de Candelaria, término y jurisdicción de San Cristóbal, dice que por mandato de la Justicia y Regimiento de Tenerife, para el regocijo que se hizo en la ciudad de San Cristóbal de La Laguna, el día de San Juan de Junio pasado de este año de 1575, le fue mandado tomar y se tomó, un toro suyo, de nombre ‘Pintado’, de tres años, y fue garruchado, muerto y pesado en la carnicería de la dicha ciudad, y asimismo ella tiene otro toro, ‘Tostado’, de tres años. Por la presente da poder especial a Juan Rodríguez, natural, hijo de Rodrigo Hernández de Candelaria, natural de esta isla, vecino, ausente, para que en su nombre pueda cobrar de la Justicia y Regimiento o de su mayordomo, el valor y precio, moneda y mrs., por el que se vendió y pesó el dicho toro en la dicha carnicería, llamado Pintado y la pelleja y cuero y asimismo pueda vender el dicho toro Tostado[13].

Como bien señala M. E. Monzón Perdomo, el mercado laboral femenino era bastante restringido y las oportunidades que las mujeres podían recibir eran ocupaciones muy relacionadas con las actividades domésticas desempeñadas ya en el hogar. En el mundo rural, pese a que la mujer campesina trabajaba en las labores agrícolas no tiene un espacio que se considere propio[14]. En este sentido, Polonia Pérez Tejera se desmarca completamente de la época en que vive, puesto que continuó ejerciendo esta ocupación ganadera durante los siguientes años. No parece, pues, que en ausencia de su cónyuge ella asumiera sus posesiones, sino que se trataba de una mujer emprendedora:
Viernes, 9 de agosto de 1577. San Juan de Güímar.
Pedro Hernández, mayordomo que fue de Francisco de Alarcón, dice que el año que pasó de 1576 sembró en unas tierras de Francisco de Alarcón, en el Tanque plantadas de trigo y en la dicha sementera entraron y le hicieron daño los bueyes de María Gaspar, viuda, y los de Juan Francés y Rodrigo Hernández, que vive en Ntra. Sra. de Candelaria, Polonia Pérez, Juan Albertos, y Alonso Rodríguez de Güímar…[15].

Teniendo claro cómo proveía esta mujer su sustento, hemos de señalar que el proceso de nulidad matrimonial duró unos doce años, puesto que el matrimonio tuvo lugar en 1565 y es en 1577 cuando obtenemos los últimos datos que documentan el proceso:
 Juan González se fue de la isla para dicho efecto y nunca más tornó a ella, sobre lo cual hay proceso ante la justicia eclesiástica de Gran Canaria y de Tenerife. Polonia viendo que no estaba casada ni soltera, dio poder a Andrés Díaz, cabuquero, vecino, para que averiguara cómo Juan González era casado con Cecilia Rodríguez y trajo certificación de ello y los dichos autos y diligencias que trajo Andrés Díaz lo hizo de acuerdo con Polonia[16].

Suponemos que en 1577 Polonia Pérez contrae matrimonio con Juan Rodríguez, puesto que necesita certificación de la nulidad matrimonial como se recoge a continuación:
Por la presente da poder especial a Juan Rodríguez, natural de Tenerife, vecino, para comparecer ante don Cristóbal Vela, Obispo de las islas de Canaria, del Consejo de S.M. y ante sus provisores, vicarios y justicia y pedir que aprueben la sentencia dada por el juez del arzobispo de Braga en dicho matrimonio y se dé por nulo su matrimonio clandestino y pueda disponer de su persona como alguien que no está sujeto a matrimonio[17].

Este Juan Rodríguez, al que ya Polonia Pérez Tejera, había dado un poder especial en 1575, es hijo de Rodrigo Hernández, canario, e Isabel Rodríguez, según se deduce del testamento que éste hizo ante S. de Urtarte el jueves 13 de agosto de 1579. Allí señala lo siguiente: Durante su matrimonio tuvieron a Juan Rodríguez, a Gaspar Rodríguez, Mateos Hernández, Melchor Hernández, Lázaro Hernández y a Inés Rodríguez, a la que casaron con Francisco Luis[18]. La línea paterna de Juan Rodríguez entronca con grancanarios prehispánicos del modo que sigue: Rodrigo Hernández casó en 1533 con Isabel Rodríguez, hija de los portugueses Mateo Afonso e Isabel Moreiras. Él, por su parte, era hijo de los canarios Rodrigo Hernández, el viejo, y de Francisca Fernández (o Vizcaíno).
En este apartado familiar de Juan Rodríguez nos queda referirnos a su hermana, Inés Rodríguez. Por el testamento de su padre sabemos que ella falleció antes de 1579, año del citado documento, dejando cuatro hijos: Ana Luisa, Francisco, Sebastián y María. En la crianza y educación de estos niños damos también especial importancia a Polonia Pérez, puesto que no tuvo hijos de ninguno matrimonio. Ello la debió hacer volcarse en los hijos de su cuñada. Incluso, podríamos aventurar que fue la madrina de bautismo de María Rodríguez, la hija de Francisco Luis e Inés Rodríguez, puesto que cuando ésta case con Juan Gaspar Marrero, pondrá a una de sus hijas el nombre completo de quien la había atendido en su crecimiento, Polonia Pérez[19]. Sin que esta familia lleve el apellido Pérez, el nombre completo, Polonia Pérez o Polonia Pérez Marrero, pasará de generación en generación durante varios siglos.

Hay mujeres que son protagonistas por su actuación particular. Polonia Pérez lo fue en el ámbito privado, desempeñando un papel significativo con los hijos de Francisco Luis e Inés Rodríguez, y en el ámbito público, tratando de hacer valer los derechos que la realidad cotidiana le ofrecía. No obstante, su actuación, la de la mujer de finales del siglo XVI, viene, en general, marcada por la determinación de otros y no de ella misma, lo que la obliga a necesitar representación masculina.



[1] A. Viña Brito, “La mujer en Canarias en el siglo XVI. Fuentes para su estudio”, RHC 197 (1997), pp. 181-192.
[2] Estos protocolos fueron publicados hace unos años. Al respecto de este escribano, véase la interesante introducción que hace el autor. M. A. Gómez Gómez, El Valle de Güímar en el siglo XVI: protocolos de Sancho de Urtarte, Santa Cruz de Tenerife 2000.
[3] O. Brito González – M. Marrero Rodríguez, Argenta de Franquis: una mujer de negocios (La hacienda de Güímar en el siglo XVI), La Laguna 1991.
[4] M. A. Gómez Gómez, op. cit., pp. 54-55.
[5] Debió casar en la década de 1560 con la portuguesa Beatriz Rodríguez, hija de Manuel González y Leonor Afonso, pues el 7 de agosto de 1573 se hallan estos datos ante Sancho de Urtarte: Luis Pérez y Beatriz Rodríguez, su mujer, vecinos y moradores en el valle y heredamiento de Güímar. Si atendemos a su testamento tuvieron nueve hijos. En nombre de estos se persona Agustín Rodríguez, hijo de Luis Pérez, difunto, ante Bartolomé Cabrejas, el día 5 de abril de 1614, para que se abra el testamento que dejó su padre el día 5 de noviembre de 1613. Hernando Pérez, alguacil del Valle de Güímar, copió el documento a dictado de Luis Pérez Tejera que no lo pudo firmar dada la gravedad de su estado.
[6] M. A. Gómez Gómez, op. cit., p. 109. El miércoles 8 de julio de 1579 Gaspar Hernández es zapatero y le falta poco tiempo para salir de oficial obrero… Vid. M. A. Gómez Gómez, op. cit., p. 298.
[7] A. Viña Brito, art. cit., pp. 189-190.
[8] Así figura en la transcripción de M. A. Gómez Gómez,  p. 253. Suponemos que se trata de 1565.
[9] M. A. Gómez Gómez, op. cit., p. 253.
[10] M. A. Gómez Gómez, op. cit., p. 253.
[11] M. A. Gómez Gómez, op. cit., p. 55.
[12] Como ejemplo, léase el trabajo de F. J. Lorenzo, “Actitudes violentas en torno a la formación y disolución del matrimonio en Castilla durante la Edad Moderna” en J. I. Fortea – J. E. Gelabert – T. Mantecón (eds.), Furor et rabies. Violencia, conflicto y marginación en la Edad Moderna, Santander 2002, pp. 159-183.
[13] M. A. Gómez Gómez, op. cit., pp. 138-139.
[14] M. E. Monzón Perdomo, “Mujeres y vida cotidiana en el Antiguo Régimen”, Canarii, marzo de 2010.
[15] M. A. Gómez Gómez, op. cit., p. 246.
[16] M. A. Gómez Gómez, op. cit., p. 253.
[17] M. A. Gómez Gómez, op. cit., p. 253.
[18] M. A. Gómez Gómez, op. cit., pp. 301-303.
[19] Casó el día 15 de septiembre de 1616 en Güímar con Alonso Rodríguez, hijo de Antonio González y María de Urtarte. 


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